JUAN MARÍA PÉREZ AVILÉS (1784-1845), CURA Y POLÍTICO. SEGUNDA PARTE

 

Isabel II, durante la regencia de su madre María Cristina de Borbón

En la primera parte de esta Crónica, hablé de los primeros días de la vida política de D. Juan María Pérez Avilés, que arrancaron el 26 de julio de 1836, con el levantamiento revolucionario que se produjo en Málaga, y de la que él fue uno de sus líderes, en contra del Gobierno de la nación presidido por Francisco Javier Istúriz, y de rechazo a la actitud tomada por la regente María Cristina de Borbón a favor de los moderados.

La revolución finalizó con éxito, gracias al motín que se produjo en el palacio de La Granja de San Ildefonso, que obligó a la regente a restablecer la Constitución liberal de las Cortes de Cádiz de 1812. 

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EL MOTÍN DE LA GRANJA DE SAN ILDEFONSO

En el palacio de La Granja de San Ildefonso (Segovia), estaba pasando el verano la familia real, con la reina regente María Cristina de Borbón, y su hija, la futura reina Isabel II, una niña de 6 años. La guarnición de La Granja estaba descontenta, llevaba tres meses sin cobrar, y eran conocedores de los sucesos revolucionarios que se estaban desarrollando en la mayor parte de las provincias.

La tarde del 12 de agosto de 1836, la mayoría de los oficiales se habían marchado a la ópera a Madrid, mientras la tropa, en sus cuarteles, había quedado bajo el mando de los sargentos. Sobre las ocho y media, la guarnición y parte de la Guardia Real se amotinaron al grito de “¡Viva la Constitución! ¡Viva la libertad!”.Entraron todos en la plaza contigua a palacio, haciendo disparos al aire, y dando vivas constitucionales y mueras a los tiranos.

Ante el temor a que fuera a más la violencia, la regente ordenó que se dejase entrar a una comisión de los amotinados, compuesta por dos sargentos y un soldado. Tras horas de conversación, María Cristina se vio obligada a acceder a sus peticiones, y firmar un decreto ordenando el restablecimiento de la Constitución de 1812, que su marido Fernando VII había derogado en 1814.

MOTÍN DE LA GRANJA

Al día siguiente, María Cristina retiró la confianza al gobierno moderado de D. Francisco Javier Istúriz y le encargó la formación de uno nuevo al liberal progresista D. José María Calatrava, con Juan Álvarez Mendizábal en la cartera de Hacienda. El objetivo que se propuso el nuevo gobierno, fue ir a unas nuevas elecciones para formar unas Cortes constituyentes.

Así acabó la “Revolución española de 1836”, que se había iniciado en Málaga, contra el sistema político del Estatuto Real de 1834, y en la que muchos vieron los fantasmas de las jornadas de agosto de 1792 de la Revolución francesa.

La Junta de Gobierno de Málaga, al enterarse de lo ocurrido, mandó un escrito a la reina regente, firmado por Juan María Pérez, congratulándose de la adhesión de la misma a la Constitución de Cádiz, diciéndole:

Recibid de ella el abrazo y ósculo más tierno repitiendo con la misma viva la Constitución, viva la Reina constitucional, la inocente Isabel, viva la inmortal Cristina verdadera Madre de la Patria, viva la Unión, viva el Orden, y vivan por siempre los libres que sostienen tan caros objetos.

Málaga 18 de agosto de 1836.- Juan María Pérez, vicepresidente.- Gregorio Condom, vocal secretario interino.

Como no se fiaban del paso dado por la regente, al día siguiente, le mandaban otro escrito a María Cristina de Borbón, diciendo que hasta que no existieran unas Cortes con los principios de la Constitución de Cádiz, la Junta de gobierno de Málaga continuaría.

Esta Junta, Señora, que ha sostenido el orden a toda costa: que ha creado un ejército imponente, y trabaja sin cesar por aumentarlo: que ha hecho mejoras considerables en la administración, y que en fin, tiene el noble orgullo de decir a la faz del mundo, que para llevar a cabo tan grandiosos planes, no ha impuesto contribución alguna, ni alentado contra la fortuna o propiedad particular, es la que tiene el honor de tributar a V. M. el homenaje de la más sincera gratitud, y la que le eleva de nuevo los votos de sus comitentes.

Las circunstancias, empero, que produjeron su pronunciamiento generoso, no han expirado aun. Por consiguiente su Junta de Gobierno deberá continuar hasta tanto que reunidos los representantes del pueblo bajo las bases del sagrado Código constitucional, se aseguren y sancionen sus derechos imprescriptibles.

En el entretanto la Junta seguirá organizando fuerzas, que destinará a batir los ominosos enemigos del trono legítimo y la libertad de la patria, y consecuente a la línea de conducta que se ha trazado, adoptará para llenar este objeto los medios y arbitrios más racionales y benignos, sin atentar de modo alguno contra el sagrado de la propiedad. Cubrirá todas las cargas de la Provincia, y pondrá a disposición de V. M. el sobrante que pueda resultar, después de cumplir con estas atenciones.

La Provincia de Málaga está convencida, en virtud de una fatal experiencia, de la nulidad de los programas. Confía ciegamente en el alma generosa de V. M., pero se ve precisada a dudar de la inalterable consecuencia en principios de los hombres de Estado. Cree por consiguiente indispensable sostener su posición, ínterin no vea hechos positivos, en vez de palabras aéreas, ínterin no toque realidades en lugar de sombras y quimeras. Con mérito a estos principios de innegable razón, ha determinado que el Gobierno inmediato de todo su distrito continúe a cargo de la Junta durante el imperio de las actuales circunstancias, y desea que con ella exclusivamente se entienda el supremo de V. M.

Málaga 19 de agosto de 1836. Señora A. L. R. P. de V. M.

Juan María Pérez vicepresidente; Gregorio de Condom secretario interino, y 18 firmas más

El nuevo gobierno progresista de D. José María Calatrava, el 21 de agosto de 1836, convocó elecciones para elegir la tercera Legislatura de las Cortes Generales, aún bajo el Estatuto Real de 1834. Estas elecciones se celebrarían el 2 octubre de 1836. Más adelante, continuaré con el desarrollo de estas elecciones.

JUNTA DE ARMAMENTO Y DEFENSA

Por otra parte, la "Primera Guerra Carlista" y las pretensiones al reino de España de D. Carlos María de Borbón continuaban. Para el gobierno de José María Calatrava, la finalización de la misma era la “necesidad más urgente de la nación, y como la primera y más indispensable condición para que llegue a disfrutar los beneficios de la libertad y del orden que se ha hecho tan acreedora”.

“Para poner un pronto término a la guerra civil, exterminando la facción sanguinaria que la sostiene”, desde el ministerio de la Gobernación, se publicó una Real Orden, creando una «Junta de Armamento y Defensa» en cada provincia.

Decidida S. M. la Reina Gobernadora a no perdonar medio ni sacrificio alguno para poner un pronto término a la guerra civil, exterminando la facción sanguinaria que la sostiene; y deseosa de aprovechar para tan importante objeto el entusiasmo y fuego patrio que han demostrado los pueblos en la pasada crisis política, se ha servido resolver que la junta gubernativa creada últimamente en esa provincia se asocie a la diputación provincial, y constituya con ella una comisión de armamento y defensa encargada de proporcionar todos los medios y recursos extraordinarios, sin tocar a las contribuciones y rentas del Estado, para secundar los deseos de S. M. y conseguir la inmediata destrucción de las hordas del Pretendiente, procediendo en todo bajo la dependencia de V. S., y con el debido acuerdo y armonía con la autoridad militar; […].

Madrid 25 de agosto de 1836

GACETA DE MADRID DEL 29 DE AGOSTO DE 1836

De esa forma, por esta Real Orden, la Junta de Gobierno que en cada provincia se habían creado, y la Diputación de la misma, quedaban unidas en una sola entidad.

Pero en la provincia de Málaga, existía la particularidad de que no existía dicha Diputación, ya que el 26 de julio, cuando se produjo el pronunciamiento y se prestó el juramento a la Constitución, se disolvió voluntariamente. La única autoridad existente durante un mes, fue la Junta de Gobierno. Esta Junta, fue una representación democrática de los pueblos de la provincia, elegida de una forma similar a como se realizaba la elección de los miembros de la Diputación.

“Así fue cuando se previno nombrasen todos los pueblos, previa la elección parroquial, un elector que pasando a la cabeza de partido, practicaran en ella la de un vocal diputado que viniera a unirse y formar parte en esta corporación.

Practicáronlo así y desde entonces fue esta Junta de Gobierno una amalgama de la nueva diputación provincial, elevada por aquella autoridad superior de gobierno de su provincia”.

Tras la Real Orden del 25 de agosto, la Junta de Gobierno de Málaga, siguió dirigiendo el gobierno de la provincia, hasta que fuera reemplazada por la Junta de Armamento y Defensa. Para el nombramiento de esta Junta, se procedería a la elección el 6 de septiembre, por parte del Ayuntamiento de catorce individuos convocando dos personas de cada clase y gremio, a los comandantes de los batallones de Milicia Nacional, capitanes de compañías, un individuo por clase de oficiales de la misma y dos por la de sargentos, cabos y soldados”. Estos serían los que sustituirían a la Junta de Gobierno.

En paralelo, se volverían a convocar elecciones en los pueblos de la provincia, para el nombramiento de un diputado por partido judicial, que formaría parte de la Diputación provincial.

La Junta de Gobierno de la que era vicepresidente D. Juan María Pérez Avilés, se disuelve el 9 de septiembre de 1836, estableciéndose ahora con el nombre de Junta de Armamento y Defensa asociada a la Diputación, que se reinstaura cuatro días más tarde, el día 13 de septiembre. Entre el día que mataron a los dos gobernadores y ese 13 de septiembre, siete semanas, hubo un vacío en el gobierno de la provincia que fue ocupado por la Junta de Gobierno, al frente de la cual estuvo Juan María Pérez.

HABITANTES DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA

Constituida esta Junta de Gobierno por el voto unánime de la provincia, en los momentos que su formación se conceptuó necesaria para salvar a la Patria, amenazada por los enemigos de la Libertad, creyó uno de sus principales deberes la franqueza en sus deliberaciones, de que ha dado pruebas repetidas. Sus deseos y esperanzas han sido satisfechos al ver la marcha libre y constitucional que ha emprendido el gobierno de S. M., y por lo mismo es necesario para que lleve a cabo nuestra regeneración política, dejarlo expedito y sin trabas para su realización.

La continuación de esta Junta con el carácter Gubernativo que hasta aquí ha tenido, lo impediría; y si multitud de asuntos pendientes la obligaron a seguir en el mismo estado, después del decreto para la formación de la de Armamento y Defensa a que debe unirse, accediendo en ello a los deseos de los habitantes de esta ciudad, cree es llegado el caso de disolverse.

[…]

Málaga 9 de septiembre de 1836


Como vemos la proclama a los habitantes de Málaga viene firmada por Juan María Pérez, como vicepresidente. Pero realmente fue él el que estuvo al frente de las decisiones que se tomaron en esa Junta de Gobierno, ya que el presidente, el comandante Juan Antonio Escalante, realmente fue el jefe militar, y estuvo en la organización del ejército que se formó para defender a la provincia de los posibles ataques de las tropas gubernamentales, cosa que no ocurrió. El verdadero jefe político de la Junta de Gobierno, fue el campillero D. Juan María Pérez, y así lo atestiguan todos los escritos que salieron de dicha junta, y fueron bastantes, que estaban firmados por él.

Finalmente el 13 de septiembre se formó la Junta de Armamento y Defensa, siendo nombrado Jefe político de la misma D. Juan María Pérez Avilés.

HABITANTES DE LA PROVINCIA

La Junta de armamento y defensa de esta provincia instalada en obedecimiento de las órdenes de S. M. la Reina Gobernadora, se apresura a dirigiros su voz y a manifestaros franca y sencillamente los sentimientos que la animan y el objeto que se propone en sus tareas, como uno de los primeros deberes de toda autoridad bajo el régimen constitucional restablecido por el voto unánime de la Nación.

[…]

La Junta va a ocuparse con infatigable celo en llevar a efecto las importantes medidas acordadas por el Gobierno para terminar de una vez esa guerra fratricida que devora nuestros hijos, destruye los campos, y aniquila la industria y el comercio, impidiéndonos gozar de los beneficios del sistema constitucional. Vosotros secundareis sus esfuerzos, y con vuestro apoyo sabrá vencer todas las dificultades por insuperables que parezcan.

¡Malagueños! Habéis sido siempre idólatras de la libertad: lo habéis demostrado con acciones dignas de eterno renombre: acabad de probarlo prestándoos gustosos a los sacrificios que reclaman imperiosamente la Patria, el honor nacional y la defensa de nuestras vidas y de nuestros más caros intereses.

Málaga 13 de Setiembre de 1836.= Juan María Pérez: Jefe Político interino, presidente.=José Márquez Espinosa: diputado por Álora. = José Pérez de los Ríos: por Colmenar. = Esteban Castell: por Coín. = Miguel Bray: por Estepona.= Vicente Rafael de Salas: por Gaucín.= Juan Kreisler: por Málaga.= José Fariñas: por Málaga.=Francisco Gutiérrez: por Marbella. = Juan Joaquín Melgares: por Ronda. Francisco Baeza: por Torrox. = Felipe Gómez.= Rafael de Sobremonte. =Francisco Reboul Sobrino.= Juan Serrano. =Juan Pedro Hernández.=Tomás Sáenz. =Nicolás Guerrero. = Manuel Pérez. =José Marín García.= Antonio de Miguel, secretario.


LA GUERRA CARLISTA LLEGA A ANDALUCIA. LA COLUMNA DEL GENERAL MIGUEL GÓMEZ DAMAS

En 1835, ya avanzada la Primera guerra Carlista (1833-1839), hubo un intento de levantamiento carlista en Andalucía, con foco principal en Sevilla y Écija, aunque la conspiración se extendería a poblaciones como Carmona, Osuna, Córdoba y Lucena. En los primeros meses de 1836, también se habían producido pequeñas acciones en la comarca de Antequera entre los “isabelinos” y los “carlistas”, donde hubo varios muertos y heridos.

Uno de los acontecimientos más interesantes de la Primera guerra Carlista, fue la expedición militar del general Miguel Gómez Damas, el cual durante el segundo semestre de 1836, recorrió media España con el propósito provocar el levantamiento de los adictos a la causa de Carlos María de Borbón, a la par que reclutar adeptos para su ejército, y propagar los ideales carlistas.

El general Gómez Damas, había sido jefe del estado mayor del general carlista Tomás de Zumalacárregui. En 1834 asumió la jefatura de la comandancia general de Vizcaya, posteriormente la de Guipúzcoa, alcanzando el grado de Mariscal de campo.


Como ya comenté con anterioridad, el carlismo tuvo sus focos más importantes en el País Vasco, Navarra, parte de Cataluña y en el Maestrazgo. El 26 de junio de 1836, el general Gómez Damas partió desde Amurrio (Álava), al frente de una columna de unos tres mil hombres, 2.700 de infantería y dos escuadrones de caballería, mandados por el brigadier Santiago Villalobos, con un obús y un cañón de montaña. Durante seis meses recorrieron Asturias, Galicia, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía.



En ese largo periplo, jugando al gato y al ratón con las tropas “isabelinas” que le iban persiguiendo, entraron la tarde del 16 de septiembre en Albacete, con gran alegría de los carlistas de la población. Reemprendieron la marcha el día 18, llegando a media tarde del 19 a Villarrobledo (Albacete). En su persecución iba el brigadier Isidro de Alaix con su tercera División, compuesta de tres regimientos.

En la mañana del día 20 de septiembre, cuando la columna del general Gómez Damas iba a iniciar la marcha, abandonando Villarrobledo con dirección a la capital de España, se encontraron con las tropas de Alaix, que no habían interrumpido la marcha durante la noche, les había dado alcance, y les hacían frente con unas fuerzas muy superiores en número.

Hasta ahora, el general Gómez, nunca se había dejado sorprender por las tropas “isabelinas”. El resultado de aquel encuentro fue una gran victoria de las tropas del brigadier Alaix, que puso en fuga a las tropas carlistas, a las que hizo muchos prisioneros. Por ese hecho, la Reina regente, ascendió a Isidro de Alaix a Mariscal de campo.

En su huida, la División expedicionaria del general Miguel Gómez se dirigió a Villanueva de los Infantes, en Ciudad Real. De ahí se dirigieron el 22 de septiembre hacia Andalucía, entrando por la provincia de Jaén. El 24 y 25 llegaron a Úbeda y Baeza, y el 27 estaban en Andújar.

El 27 de septiembre, la Junta de Armamento y Defensa de Málaga, cuyo Jefe Político era D. Juan María Pérez, tiene noticias de la llegada de las tropas carlistas a Úbeda:


JUNTA DE ARMAMENTO Y DEFENSA.
Los señores don Miguel Bray y don Manuel Pérez, vocales de esta Junta, en oficio fecha de hoy y desde Priego, dan parte de la entrada de la facción en la ciudad de Úbeda, y refiriéndose a testigos presenciales contestes, indican que el número de las tropas organizadas de que consta no excede de dos mil quinientos hombres, siendo el resto gavillas desordenadas de frailes, clérigos y mozos arrancados a la fuerza de sus casas; que vienen en completa derrota, y perseguidos de cerca por la fuerza de nuestro valiente ejército; y en fin que la pérdida que sufrieron en Villarrobledo, fue mucho más considerable de lo que refieren los partes, habiendo sufrido una mortandad horrorosa.
La División expedicionaria de esta provincia continuaba en Jaén, para adonde marchaba el Excmo. Señor Capitán general del reyno y costa de Granada.
Lo que se noticia al público para su debido conocimiento.
Málaga 27 de Setiembre de 1836 a las once de la noche.
E. G. S. P. I. Juan María Pérez.
P. A. de S. E. Antonio de Miguel, Secretario.
 
Aunque la noticia dada por la Junta habla de “una mortandad horrorosa” en Villarrobledo, lo cierto es que hubo muchos prisioneros, pero apenas si hubo muertos, porque no llegó a plantarse una batalla.

El día 28 la Junta de Armamento y Defensa, vuelve a sacar un comunicado dirigido a todos los malagueños:

MALAGUEÑOS:
La facción del rebelde Gómez, derrotada en los campos de Villarrobledo, ha osado invadir las “Andalucías” para librarse de la activa persecución de nuestro valiente ejército que por todas partes la sigue, sin dejarla un instante de reposo. Nuestra División expedicionaria
(mandada por el comandante Juan Antonio Escalante, como ya vimos), se ha replegado sobre Jaén en el mejor orden, retirándose siempre a la vista de los enemigos, tan superiores en número, sin perder un hombre, y en la actitud más imponente, demostrando el valor y la disciplina de los cuerpos de que se compone. Jaén está ya a cubierto de los insultos de los rebeldes, y nuestras tropas unidas a la benemérita Guardia Nacional de aquella provincia, que ha volado a las armas al primer llamamiento, sabrán escarmentar a esas bandas de asesinos, incapaces de expugnar los pueblos que tienen ánimo y decisión para ponerse en defensa.
Las fuerzas de Granada, Sevilla y Cádiz se concentran para oponerse a los movimientos de los rebeldes, detener su marcha y dar lugar a la llegada de la División del general Alaix, que con 20.000 hombres viene en su alcance en alas de la victoria.
Malagueños: Vuestra Junta de Armamento y Defensa, íntimamente unida a todas las autoridades de la provincia, se ocupa sin descanso, en alejar cuantos riesgos puedan amenazarnos. Hoy mismo se pone en marcha nuestro digno Comandante general al frente de todas las tropas disponibles de la guarnición para salir al encuentro de los facciosos. La Guardia Nacional movilizada le seguirá en breve para tomar parte en las glorias del ejército; y todos contribuiremos hasta con la última gota de nuestra sangre, para poner término a los males que nos cercan. […]
Malagueños: A las armas […] ¡Viva la Constitución! ¡Viva Isabel II Constitucional! ¡Viva la Reina Gobernadora! ¡Viva la provincia de Málaga!
Málaga 28 de Setiembre de 1836.=E. G. P. I. Juan María Pérez, presidente



Ese mismo 28 de septiembre, la Junta malagueña, ante el temor de que “esas hordas de vándalos navarro-aragoneses, que solo saben destruir los pueblos inermes, […] que han osado penetrar por sierra Morena”, pudieran atacar la provincia y la capital, declara la Ley Marcial; ordena que la Guardia Nacional quede acuartelada; hace una llamada a toda la población masculina “desde edad de 16 a 50 años, para que se presenten armados con escopetas y otras armas que tengan y puedan adquirir, formando con ellos pelotones por cuarteles”; dichos pelotones, estarán bajos las órdenes de “los oficiales retirados, ilimitados, licenciados y a los que se hallan sirviendo destinos civiles”.

Entre otras más cosas, se ordenó “que se tapen o inutilicen las entradas de esta ciudad que convenga inutilizarse y taparse, en lo que se ocupen todos los presidiarios y los materiales que den los conventos en derribo, sin perjuicio de ampliarse esta disposición a emplear en el trabajo a todos los albañiles y carpinteros con sus correspondientes maestros”. “Que los faluchos de guerra se alisten inmediatamente, y estén prontos a operar en las playas del Carmen y la Caleta”. “Se formará un cuartel general en esta ciudad y otro en la de Ronda”. “La defensa y seguridad de la Serranía se encarga muy particularmente al señor comandante general de Ronda”.

Finaliza con “Y sin perjuicio a seguir adoptando las demás providencias que se crean necesarias para el logro del fin sagrado que nos hemos propuesto, ordena la junta se imprima, publique y circule para que a todos les conste y cada uno se preste por su parte a la defensa de la patria y sostenimiento de la tranquilidad pública en esta capital y su provincia.
Málaga 28 de septiembre de 1836
E. G. P. I. P.= Juan María Pérez.
P. A. D. S. E.=Antonio de Miguel, secretario”.

La Junta llegó incluso a pedir la cooperación del cónsul de británico en Málaga, solicitando el auxilio de buques de guerra y fusiles, el cual mandó dicha petición al general gobernador de la plaza de Gibraltar.

Pero no fue necesaria esa ayuda, porque las tropas carlistas no se dirigieron a Málaga, sino a Córdoba, que fue tomada el 1 de octubre por el general Gómez, consiguiendo el alzamiento de parte de la provincia a favor del pretendiente Carlos María de Borbón. 
  
El día 4 de octubre, a punto de partir para Sevilla, al general Gómez le llegan noticias de la aproximación de una poderosa columna de 5.800 hombres procedentes de Málaga (no era tan numerosa la columna, al contrario), al mando de D. Juan Antonio Escalante, comandante general de Málaga, que se dirigían a Baena. Gómez, decide atacar a dicha columna; sale de Córdoba en dirección a Castro del Río, a escasos veinte kilómetros de Baena, donde llegan la noche del día 4, .

Esa columna malagueña, el día anterior, 3 de octubre, ya había entrado en Baena. Así lo cuenta Escalante en una comunicación al capitán General de Granada

“Excmo. Señor: Hallándome todavía en Alcaudete recibí la noticia de que varios pueblos, y entre ellos Baena, hablan proclamado a Carlos V; en este caso no titubeé en marchar sobre este último para hacerle entrar en su deber a toda costa, y como a las tres de la tarde me presenté a su vista, y lo mandé circunvalar por algunas tropas. No bien mi primera operación había principiado a ejecutarse, cuando ya el pueblo comenzó a tocar a rebato y a hacer fuego. Sobre el acto dispuse reforzar algunos puntos, y que tomasen la población 150 carabineros acompañados de algunos caballos. Posesionados de la plaza y del castillo entré con la demás fuerza y todo quedó tranquilo. No sé los muertos que habrá habido de parte del enemigo, porque no me importa mucho el contarlos, aunque sé hubo algunos. Un individuo que en medio de la calle hizo fuego al pasar el Teniente de Carabineros, y que herido me lo presentaron al llegar a la plaza lo mandé fusilar sobre el acto, y otros dos que fueron cogidos con las armas en la mano y que me han presentado hace poco, los fusilaré por la mañana, y la misma suerte correrá todo el que se halle en el mismo caso que estos.

Todo el reino de Córdoba, o al menos la mayor parte, ha proclamado a Carlos V a estas horas. La facción va a aumentarse de una manera increíble y a poner las “Andalucías” en un estado de guerra espantoso, si con una grande energía no se cortan tamaños males. Mi cooperación para evitarlos será decidida, pero V. E. comprenderá que con la fuerza poca que tengo, no me será fácil imponer a la vez a los pueblos y a la facción; por lo tanto ruego a V. E. encarecidamente por el bien de la Patria, única cosa que ocupa mi corazón, que dé sus órdenes para que se me reúnan los batallones de África y Murcia, al menos el primero, que yo respondo a V. E. del más feliz éxito”

Cuartel general de Baena 3 de Octubre de 1836


La mañana del día 5 de octubre, el general Gómez decide pasar al ataque. Las escasas tropas de Escalante, al avistar al enemigo en las proximidades de Baena, se baten en retirada presionadas por las tropas carlistas, y en las cercanías de Alcaudete (Jaén) sufre una derrota espectacular. La columna malagueña queda inoperante y sus miembros son perseguidos hasta Martos.

Las tropas de las que disponía Escalante, según el coronel José María de Jara, que participó en la escaramuza, “era en infantería, los carabineros […] setenta y cinco hombres del provincial de Málaga, que a más de ser muy jóvenes, tan sin instrucción, que la mayor parte de ellos ni aun echar armas al hombro sabían (pero hágaseles justicia, que hicieron mucho más de lo que se podía esperar de ellos), y ciento sesenta y cinco desgraciados Granaderos que fueron víctima de su buen comportamiento; la caballería era de Carabineros y cincuenta caballos del escuadrón ligero de la constitución que sin saber casi montar, sin más armas, los más de ellos, que su espada, sin espuelas y con caballos que apenas obedecían el bocado, les mandaron salir”.

Después de un periplo por Extremadura, la expedición carlista volvía a penetrar en tierras andaluzas. El 4 de noviembre, el general Miguel Gómez llegaba a Guadalcanal, en la provincia de Sevilla. Allí descansó y supo que sus perseguidores, desorientados de su paradero, se habían retrasado, deteniéndose hasta saber sus intenciones, que lo mismo podía ser ir sobre Sevilla o de nuevo sobre Córdoba. Aprovechando esta indecisión, Gómez decidió encaminarse hacia la serranía de Ronda, región donde creía encontrar antiguos partidarios y que, al ofrecer ventajas naturales por lo accidentado del terreno, pensaba que podría asentarse la guerra si lograba fortificar allí algunos puntos.

Con ese nuevo objetivo, la columna de Gómez comenzó su movimiento y el día 9 fue por Alanís a Constantina y Palma del Río, pasando el día 10 el río Guadalquivir. Después de varias escaramuzas, Gómez llegó a Écija, descansando en esta ciudad el día 12 y siguiendo el 13 a Osuna y, por Marchena y Olvera, en dirección a Ronda, donde llegó el día 16 de noviembre con el propósito de descansar, después de que hubiera sido abandonada la ciudad por el brigadier “isabelino” Antonio Ordoñez, a cuyo cargo estaba el cuidado de la Serranía, y quien se retiró con su columna, formada por 1.500 hombres entre tropa y guardias nacionales, a Casares.

El grueso de las tropas carlistas permaneció en Ronda los días 17 y 18 de noviembre, en los que Gómez reorganizó el ejército expedicionario, formando dos divisiones y durante los que se presentaron algunas personas afectas y con influjo en la serranía ofreciendo sus servicios.

La columna de Gómez abandonó precipitadamente Ronda el mismo día 19 a las cuatro de la tarde con dirección a Gaucín donde llegó el día 20, y el día 21 de noviembre, parte de la expedición estaba en San Roque. Era una demostración más de la rapidez de sus movimientos.

Cuando dos días después, los carlistas se encontraban ejecutando trabajos de fortificación en Gaucín, y haciendo acopio de víveres, el 23 de noviembre, las tropas del general “isabelino” Felipe Rivero cayeron repentinamente sobre Gaucín. Los carlistas se vieron obligados a abandonarlo precipitadamente en dirección a San Roque.

Derrotada al fin la expedición en Arcos de la Frontera, y posteriormente en Alcaudete (Jaén), el 29 de noviembre, acosada por las tropas “isabelinas”, tiene que emprender el camino de regreso al Norte sin haber cumplido ningún objetivo concreto.

La expedición del general Miguel Gómez llegaría a Orduña (Vizcaya) el día 20 de diciembre, después de recorrer toda España, ahora de sur a norte. Tras un periplo de más de cuatro mil kilómetros, se hallaba otra vez en el País Vasco. Los resultados de su aventura fueron nulos.

ELECCIÓN A CORTES CONSTITUYENTES

Mientras se estaba desarrollando los enfrentamientos entre los carlistas y los “isabelinos” en Andalucía, como ya dije con anterioridad, el nuevo gobierno de D. José María Calatrava, el 21 de agosto de 1836 convocó elecciones para elegir la tercera Legislatura de las Cortes Generales bajo el Estatuto Real de 1834. Serían unas cortes Constituyentes que darían lugar a la «Constitución de 1837»

Estas elecciones se celebraron el 2 octubre de 1836, siguiendo lo dispuesto en la Constitución de 1812, es decir, por sufragio universal indirecto, siendo electores “todos los ciudadanos (varones, mayores de 21 años) avecindados y residentes en el territorio de la parroquia respectiva, entre los que se comprenden los eclesiásticos seculares”.

Asimismo, las condiciones para ser elegible eran: ser varón, mayor de 25 años, vecino y residente en la parroquia, partido y provincia, de estado seglar o eclesiástico secular, y tener “una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios”.

Ese mismo día de las elecciones, el 2 de octubre, de nuevo era nombrado Gobernador Civil de Málaga D. Ignacio López Pinto (Gaceta del 10 de octubre), y como tal, también estaba al frente de la Diputación. Se mantendría en el cargo hasta el 30 de marzo de 1838, fecha en que cesó al ser nombrado Jefe Superior Político de Valencia. Sería sustituido por D. Simón de Roda.

En esas elecciones a Cortes, D. Juan María Pérez Avilés, se presentó como candidato del partido Progresista por la provincia de Málaga, siendo elegido en las votaciones a Procurador. En el momento de las elecciones, era Jefe político de Málaga, pero no había sido un nombramiento realizado por el gobierno, sino por las circunstancias que se iniciaron con el asesinato en julio de 1836 de los gobernadores civil y militar


Como era normativo, cuando presentó sus credenciales en la comisión de Poderes de las Cortes, esta elaboró un dictamen en la que opinaba que “debe admitirse al Sr. Pérez, no obstante estar desempeñando el cargo de jefe político en aquella provincia cuando las elecciones, por resultar que lo verificó, no por nombramiento del Gobierno, sino por acuerdo de la Junta de Málaga”.
Diario de Sesiones de las Cortes del 24 de noviembre de 1836 (página 379).

El ser jefe político de la provincia, acarreaba ser también presidente de la Junta electoral, y esto, según algunos procuradores, destruye la elección por la falta de libertad y de independencia en los electores”. Argumentaban que el artículo 97 de la Constitución de Cádiz, decía que “Ningún empleado público nombrado por el Gobierno, podrá ser elegido diputado de Cortes por la provincia que ejerce su cargo”.

Los procuradores defensores de su validez para ser Procurador, acogiéndose a este mismo artículo, argumentaban que: “El Sr. Pérez no puede ser de ningún modo comprendido en el art. 97 de la Constitución, puesto que no era un empleado, ni podía considerarse como agente del Gobierno, sino como un simple particular en quien el pueblo de Málaga ha depositado su confianza”.

El procurador por Málaga, D. Cayetano Cardero defendió a D. José María Pérez: “La provincia de Málaga, por lo extraordinario de las circunstancias políticas, se vio en la necesidad de adoptar un sistema de gobierno que después se hizo general en toda la Nación. Este suceso dio lugar a que se viese sin autoridades y abandonada al desorden; el pueblo de laga, celoso por el orden, halló en este individuo una persona honrada en quien no dudó depositar su confianza, a cuyo efecto le nombró autoridad. […] Ruego al Congreso que teniendo en consideración las circunstancias extraordinarias en que se vio esta provincia, siendo la primera que proclamó el grito de Constitución, y cuya voluntad se halla inclinada a la representación del Sr. Pérez, se sirva aprobar sus poderes, y admitirle a tomar asiento”.

Sin embargo, el dictamen de la comisión fue votado en el pleno de las Cortes, siendo rechazado, por lo que a pesar de ser elegido, no pudo ser Procurador. (Diario de Sesiones de las Cortes del 25 de noviembre de 1836, páginas 390 a 392).

Su puesto fue ocupado por el antequerano D. José María Casasola y Cuellar, el cual tres meses después, el 19 de febrero de 1837, renunció a su cargo de Procurador por motivos de salud. En 1849 recibiría en sucesión de su hermano, el título de Marqués de Fuente Piedra.

La dimisión de D. José María Casasola, fue cubierta, esta vez sí, por D. Juan María Pérez, que ya había dejado de ser el jefe político de Málaga. Fue elegido por la Junta electoral de Málaga el 19 de marzo de 1837.

  • Pasan a comisión sus Poderes.- Diario de Sesiones de las Cortes del 03 de abril de 1837 (página 2444).
  • Quedan aprobados. Jura el cargo y toma asiento.- Diario de Sesiones de las Cortes del 10 de abril de 1837 (página 2627).

Los Procuradores por Málaga en aquel momento de la legislatura, eran:

  • D. José María Blake y Monsegur,
  • D. Cristóbal de Pascual,
  • D. Antonio Verdejo,
  • D. Juan María Pérez Avilés.
  • D. Francisco Reboul Sobrino
  • D. Francisco Corona

CONSTITUCIÓN DE 1837

La Constitución, después de más de dos meses de debates en el parlamento, fue finalmente aprobada el 22 de mayo de 1837. El domingo 18 de junio, se produjo la jura de la Constitución, por parte de la Reina Regente Doña María Cristina de Borbón, en presencia de su hija Isabel II, y también por parte de los Procuradores que habían conformado esa legislatura, y que la habían redactado y aprobado. El lugar de la jura fue el antiguo convento del Espíritu Santo, convertido en Estamento de Procuradores.
Diario de Sesiones de las Cortes del 18 de junio de 1837 (4125).

María Cristina jura la Constitución de 1837, acompañada de su hija Isabel II

Dicha Constitución, fue fruto del consenso del partido moderado y del progresista. El Estatuto Real de 1834, reconocía a la Corona prerrogativas muy amplias, pero la nueva Constitución imponía ciertas limitaciones a la monarquía, en el ejercicio de sus funciones y le obligaba a compartir la soberanía con la nación. 

Era más progresista que el Estatuto Real, pero más moderada que la Constitución de 1812. Por un lado se trataba de aceptar los principios generales de esta última Constitución, soberanía nacional, derechos individuales, separación de poderes, etc., combinándolos con algunos poderes de la Corona y las Cortes bicamerales, que pasaron a denominarse Senado y Congreso de los Diputados.

Al poco de jurar la Constitución, el Congreso concedió a Juan María Pérez, “licencia de tres meses para pasar a su casa, con motivo del peligroso estado de salud en que se hallaba su madre, y también para tomar baños minerales”. Diario de Sesiones de las Cortes del 28 de julio de 1837 (5011).

Según las normas de la nueva ley electoral aprobada el 20 de julio de 1837, se volvió al sufragio censitario, desechando el sufragio universal masculino indirecto, consagrado en la Constitución de 1812, con lo que el derecho al voto quedó reducido a los que tenían capacidad económica, lo cual venía a consagrar el dominio político de la burguesía.

Esa legislatura finalizó el 4 de noviembre de 1837, por lo que, pasados los tres meses de permiso, Juan María Avilés, prácticamente no tuvo tiempo de volver a su escaño. No hay constancia alguna de que formara parte de alguna comisión parlamentaria durante esa legislatura.

Las elecciones del 22 de septiembre de 1837, fueron las primeras celebradas bajo la Constitución de 1837. Juan María Pérez, se presentó en las listas del partido Progresista para ser senador por Málaga en esa primera legislatura, no siendo elegido.


Volvió a presentarse de nuevo en las elecciones de junio de 1838, para senador, pero tampoco fue elegido.

La noche del 18 de junio de 1839, se celebró en Málaga una asamblea, a la que asistieron más de mil personas, la cual estuvo presidida por D. Juan María Pérez, siendo secretario D. Cristóbal de Pascual, con el fin de dar forma a una candidatura de “Progreso legal” para las elecciones que se iban a celebrar el 24 de julio de ese año. En dicha asamblea, se aprobaron las bases de dicha candidatura compuesta de doce puntos, entre los que destaco:

1ª.- Que los diputados y senadores que se elijan y propongan, han de renunciar previamente a todo empleo o condecoración para sí, exceptuando el cargo de ministro de la corona, durante el periodo de su misión, y a toda agencia en favor de sus parientes y allegados.

4ª.- Que han de poner todo su conato en la pronta conclusión de la guerra civil que nos devora, haciendo resistencia formal a cualquiera idea o proyecto que tienda a menoscabar bajo cualquier concepto el honor y la independencia nacional.

7ª.- Que también han de trabajar cuanto puedan porque caiga la cuchilla de la ley sobre los cuellos de los grandes ladrones del Estado.

9ª.- Que han de activar la formación de la ley orgánica de ayuntamientos y diputaciones provinciales, y hacer cuanto puedan porque estas corporaciones sean una verdadera representación de los pueblos, y tengan toda la latitud compatible con las instituciones vigentes.

12º.- Que todos los candidatos que se presenten en listas por la comunión del “progreso legal”, han de hacer inmediatamente que lo sepan, su profesión de fe política, con aceptación de estas bases, comprometiéndose a su cumplimiento y quedando en su defecto sujetos a la responsabilidad moral, y al odio y execración de todos sus conciudadanos.

18390625 03 y 04 El Eco del comercio.

D. Juan María Pérez también se presentó para senador en esas elecciones, por el “Progreso legal”, no siendo elegido.

En dichas elecciones, ganaron los progresistas, sin embargo el gobierno moderado de Evaristo Pérez de Castro, no dimitió para dar paso a un nuevo gobierno más en consonancia con la mayoría existente en las Cortes.

Con la connivencia de la Reina regente, Pérez de Castro disolvió las nuevas Cortes para convocar, en enero de 1840, nuevas elecciones que le proporcionaron una mayoría al partido Moderado. El motivo que adujo Pérez de Castro para disolverla, fue que era necesario consultar la voluntad nacional tras la finalización de la Guerra Carlista.

FIN DE LA PRIMER GUERRA CARLISTA


El 31 de agosto de 1839 y con el "Abrazo de Vergara", se ponía fin a la Primera Guerra Carlista en el norte de España, que desde 1833, tras la muerte de Fernando VII, había sumido a España en una guerra civil. 

El fin de la guerra, se confirmó con el abrazo que se dieron el general Baldomero Espartero, que representaba al bando “isabelino” o liberal, partidario de Isabel II, y el general Rafael Maroto, perteneciente al bando carlista, partidario del pretendiente D. Carlos María de Borbon, ante las tropas de ambos ejércitos reunidas en las campas de Vergara (Guipúzcoa), razón de su nombre popular.



Cuando la guerra terminó y los carlistas fueron derrotados, cundió por toda España, una sensación de tranquilidad y de alivio. Las muestras de alegría y de apoyo a la Constitución de 1837, a la Reina regente María Cristina, a la infanta Isabel y al Ejército con sus principales caudillos a la cabeza, se dejaron sentir en toda España. En la ciudad de Málaga repicaron las campanas hasta las cinco de la mañana y a las cuatro hubo una salva.

Voy a transcribir el mensaje de apoyo y adhesión de la villa de Campillos a través de sus representantes municipales, aparecido en la Gaceta de Madrid del 4 de octubre de 1839:

Señora:

El ayuntamiento constitucional de la villa de Campillos, provincia de Málaga, y cabeza del partido judicial a que da nombre, puesto A L. R. P. de V. M., rinde el homenaje debido de sumisión por los sucesos que ha sabido preparar el invicto e ilustrado caudillo del valiente y disciplinado ejército del Norte, abriendo en Vergara el camino fácil y seguro para la próxima llegada de la paz, que tanto anhelaba la nación, el afianzamiento de vuestra excelsa Hija en el trono de San Fernando, que tan legítimamente le pertenecía, y porque sus verdaderos adoradores y amantes súbditos no rehusaban sacrificio alguno, y la consolidación de la Constitución, espontánea y solemnemente jurada por V. M. como bandera de unión para todos los españoles: baluarte indestructible de las prerrogativas de la corona y fortaleza inexpugnable en que se conservan y garantizan los derechos sagrados del pueblo.

Fiel intérprete de los votos y sentimientos de estos naturales, sus administrados, que idólatras de tan caros objetos no han dudado jamás prestarse a todo por su consecución, llenando para ello cumplidamente, y sin esperar reconvenciones o apremios, sus respectivas extraordinarias y ordinarias obligaciones, a pesar de experimentar más de una vez las inexplicables afecciones que les produjera un desprendimiento que les privara de los únicos recursos de subsistencia para sus hijos y familia, anteponiendo a su existencia y de tan interesantes prendas su Reina, su Constitución y felicidad de sus semejantes; faltaría al más sublime de sus deberes, si no trasmitiere a V. M. los alegres parabienes, con que no desmintiendo la unión y puros deseos que les caracteriza, desahogan sus leales corazones.

Enajenados de gozo y de placer, e inundadas sus almas de la más dulce y extraordinaria alegría al recibir tan satisfactoria como inesperada nueva, prorrumpieron en expresiones capaces de conmover a los mas insensibles, y alternando los vivas a Isabel, a Cristina, a la Constitución y a la paz, resonaban repetidos también al soldado valeroso, al hombre entendido, al dichoso verdadero español, que salvando todos los principios, ha conseguido y sabido dar nacionalmente un día de tanta gloria y engrandecimiento a su patria; mas sin demora dirigieron al cielo sus clamores, y esperan ver en breve premiados sus desvelos y recompensados con usuras sus sacrificios, para que libre y desembarazada S. M. con la dulce eterna cuanto encantadora paz, podrá sin estorbo dedicarse a poner en acción los recursos de su sublime ilustración, haciendo con su maternal cariño que esta nación, que tanto le adora, llegue bajo su soberana protección a disfrutar las ventajas y consecuencias de su constitucional Gobierno, elevándola al grado de ventura, esplendor y grandeza a que es acreedora por sus virtudes.

Dígnese V. M. acoger benigna esta sencilla como reverente manifestación de los sentimientos que animan a esta corporación y sus representados, entretanto que ruegan al Todopoderoso conserve su interesantísima vida dilatados años.

Salas capitulares de la villa de Campillos 14 de Septiembre de 1839. = A L. R. P. de V.M. = El alcalde primero, José Asiego. = El alcalde segundo, Anselmo Pineda. = El regidor primero, Agustín Herrera. = El regidor segundo, Cristóbal Casasola. = El regidor tercero, Francisco Assiego. = El regidor cuarto, Juan Gallegos y Sánchez. = El regidor quinto, Nicolás Corona. = El regidor sexto, Pedro Clavijo. = El regidor séptimo, Juan de Casasola. = El regidor octavo, Esteban Romero. = El síndico primero, Pedro Berdum. = El síndico segundo, Pedro de Asiego. = Secretario, Pedro Sánchez y Luna.

LA REGENCIA DEL GENERAL ESPARTERO

La ruptura entre los partidos moderados y progresistas se acentuó cuando el gobierno moderado de Pérez de Castro presentó ante las nuevas Cortes afines, un proyecto de ley de ayuntamientos, en el que se recortaban las competencias municipales, como era que el nombramiento del alcalde correspondía al Gobierno en las capitales de provincia, y a través de los jefes políticos provinciales, en los pueblos. Dicha ley de ayuntamientos «estaba pensada para debilitar los apoyos populares con que contaban los progresistas» e impedir así que «pudieran volver en el futuro al poder».

Para evitar la promulgación de esa ley contraria al «espíritu de la Constitución de 1837», los progresistas iniciaron una campaña desde la prensa y desde los ayuntamientos para que la regente María Cristina no sancionara la ley bajo la amenaza de no acatarla, y cuando vieron que la regente estaba dispuesta a firmarla, dirigieron sus peticiones al general Baldomero Espartero, que tras su triunfo en la guerra contra los carlistas, despertaba una gran admiración en gran parte de las capas populares.

Para apaciguar ese malestar popular, María Cristina, pidió a Espartero que aceptara la presidencia del Consejo de Ministros, pero este le exigió que no sancionara la ley de Ayuntamientos. Cuando el 15 de julio de 1840 firmó la ley, Espartero le presentó la renuncia de todos sus grados, empleos, títulos y condecoraciones.

De resultas de ello, en Barcelona y Madrid se produjeron graves altercados entre partidarios de María Cristina y de Espartero. A partir del 1 de septiembre las revueltas de los progresistas se extendieron por toda España, formándose juntas revolucionarias que desafiaron la autoridad del gobierno moderado y de la Regente María Cristina.

Dicha insubordinación, supuso la abdicación de María Cristina de Borbón como Regente, y la llegada del general Baldomero Espartero al poder. Doña María Cristina abandona el país. Embarca en Valencia en dirección a Francia. Tal como se recogía en la Constitución, el presidente del gobierno, en este caso el general Baldomero Espartero, la sucede en la regencia interinamente.


JUAN MARÍA PÉREZ, SENADOR

El general Espartero al llegar al poder, suspendió la ley de Ayuntamientos, y convocó elecciones a Cortes, que se celebraron el 1 de febrero de 1841, las cuales dieron una amplia victoria al partido Progresista. Era la quinta Legislatura de la Constitución de 1837.

La sesión de apertura del Senado se realizó el 19 de marzo de 1841, y al poco tiempo, el 10 de abril, el senador electo por Málaga, D. Antonio Remón Zarco del Valle, del partido Moderado, renuncia al cargo. Había sido senador por Málaga durante tres legislaturas la 1838-1839, la 1840 y la 1841.

Según el artículo 47 de la ley electoral del 20 de julio de 1837: Las vacantes de Senador y las de Diputados que ocurran después de haber estos tomado asiento en el Congreso, se reemplazarán por elecciones parciales y sucesivas, que se han de celebrar de un modo enteramente conforme a las elecciones generales”. Por tanto, para sustituir al senador dimitido, hubo que ir a nuevas elecciones en la provincia de Málaga.

El resultado de la elección, lo podemos ver en el Acta electoral que D. Juan María Pérez envió al Senado:

ACTA ELECTORAL.- En la Ciudad de Málaga Capital de la Provincia del mismo nombre a 18 de junio de 1841; reunidos en Junta de escrutinio general de votos los Diputados Provinciales de la misma con los Comisionados de los distritos electorales, a saber: (aquí se relacionan los pueblos y el nombre de sus representantes que están presentes en la reunión, también la relación de los pueblos que están ausentes pero han remitido sus actas, y también los pueblos donde no se han celebrado elecciones), presididos por el Sr. Jefe Político (el Gobernador civil era D. Francisco de Paula Álvarez), se procedió a sacar por suerte los nombres de los cuatro Comisionados que deben ejercer en esta Junta funciones de Secretarios (aquí se relacionan cuatro nombres).

Hecho el resumen general de votos por las actas electorales de los Distritos, resultaron propuestos Senadores en reemplazo de D. Antonio Remón Zarco del Valle, que ha renunciado a dicho cargo.

·         Sr. Conde de la Camorra                  1103 votos

·         Sr. D. Juan María Pérez                   798 votos

·         Sr. D. Bartolomé Benegas                784 votos

Teniendo presentes las listas generales de los electores de la provincia y las de los que han formado parte en elección de cada distrito, resulta que siendo el número de aquellos de 11.960. Ha sido el de estos últimos 1.560.

Y que han tenido votos, además de los propuestos definitivamente para senadores (se da una relación de 31 personas)

Con lo que se da por terminado este acto […]

Presidente: Francisco Javier Rodríguez de Vera

Según la ley electoral del 20 de julio de 1837, los senadores se elegían por ternas, entre las cuales el rey o reina elegía a uno de ellos, en este caso el regente Baldomero Espartero. De la terna ganadora, se eligió a D. Juan María Pérez, a pesar que no era el candidato más votado, seguro que por afinidad ideológica al regente.

“Como Regente del Reino durante la menor edad de la Reina Doña Isabel II, y en su Real nombre, usando de la prerrogativa que expresa el art. 15 de la Constitución, conforme con el parecer del Consejo de Ministros, vengo en nombrar Senador por la provincia de Málaga a D. Juan María Pérez en reemplazo de D. Antonio Remón Zarco del Valle”.

18410704 01 GACETA

En la sesión del Senado celebrada el 3 de julio, se pasó a “la Comisión de actas, oficio del señor ministro de la Gobernación de la Península, fecha 2 del actual, en el que traslada para conocimiento del Senado el decreto del Regente del Reino del día anterior, por el cual ha nombrado Senador por la provincia de Málaga al Sr. D. Juan María Pérez en reemplazo de D. Antonio Remón Zarco del Valle”.

El 28 de julio de 1841, D. Juan María envió al Senado los documentos acreditativos de su elección, con el fin de obtener su condición de senador. La carta está escrita y firmada con su puño y letra.


Entre esa documentación iba también, un certificado del Ayuntamiento de Campillos con fecha 25 de julio de 1841, firmado por los componentes de la corporación municipal, presidida por el alcalde D. Antonio Asiego y Durán, y por el secretario segundo D. Pedro Sánchez, en el que dan por buenos los documentos que aporta D. Juan María Pérez para justificar que obtenía unas rentas anuales superiores a los 30.000 reales vellón, tal como se requería en el artículo 56 de la ley Electoral, para poder ser senador.

Por ese documento, podemos ver todas las propiedades que tenía nuestro protagonista en ese momento. Poseía una veintena de terrenos, que iban desde las 0,4 a las 22 hectáreas, que tenía alquilados a D. Luis de Cuellar Rueda por cuatro años (1841-1844) por 11.500 reales vellón anuales. Algunos eran terrenos de olivar, y otros dedicados a cultivos.

El terreno principal de su propiedad lo tenía en el Calvario y cerro Pelado. Eran 45 fanegas de terreno plantado de viñas, que además contenía 600 higueras y 800 almendros, con algunos árboles frutales como nísperos, membrillos, manzanos, melocotones, perales y priscos, teniendo también entre las viñas ochenta olivos. Las viñas las tenía destinadas para elaboración de aguardiente.

La fábrica de aguardiente estaba situada al final de la calle Alta, en la esquina de la carretera. Estaba ubicada en unos terrenos amplios en los que además de la fábrica, había viviendas para familias, tenía un corral con árboles frutales, pozo, pila, cuadras, etc.

El terreno de las viñas y la fábrica de aguardiente se los tenía alquiladas a D. Andrés Manjarón Serrato por cuatro años (1841-1844) por 24.000 reales vellón anual.

Estos dos alquileres sumaban 35.500 reales, a los que había que añadir otras pequeñas cantidades de otros arriendos, que daban la suma final de 38.230 reales vellón que presentaba al Senado como sus ganancias anuales.

Como vemos, además de presbítero y político liberal, fue un rico propietario con un buen patrimonio, que en julio de 1841 lo constituía distintas propiedades rústicas arrendadas a algunos vecinos del pueblo.

D. Juan María Pérez conocido por el clérigo del Campillos, eclesiástico que ha reunido algún dinero con los abastos de aguardiente de dicho pueblo.

18430211 01 El Heraldo

En el Senado, el 5 de agosto, dan entrada a la documentación presentada, que es remitida a la Comisión de Actas:

El Sr. D. Juan María Pérez, nombrado Senador por la provincia de Málaga en Decreto de 1º de julio de 1841, en reemplazo del Sr. D. Antonio Remón Zarzo del Valle, perteneciente a la Segunda renovación del Senado.
Presenta para la admisión:
- Acta de elecciones, fecha 18 de junio de 1841
- Partida de bautismo que expresa haber nacido el día 4 de marzo de 1784
- Y documentos que acreditan producen sus bienes anualmente de renta 38.230 reales vellón
Palacio del Senado 5 de agosto de 1841



En la sesión del 7 de agosto, se leyó, y fue aprobado sin discusión, el siguiente dictamen de la Comisión de actas:

«La Comisión de actas ha examinado la de escrutinio general celebrado en Málaga en 18 de junio último para la propuesta de un Senador en reemplazo del Sr. D. Antonio Remón Zarco del Valle, que renunció y pertenecía a la segunda renovación de la tercera parte de los Sres. Senadores, y hallándola corriente y sin defecto alguno, es de parecer que el Senado puede servirse aprobarla.

Palacio del Senado 6 de Agosto de 1841»

En el Diario de Sesiones del Senado, del 7 de agosto de 1841, se refleja que: “El Senado quedó enterado de que el Sr. D. José María Pérez no podía asistir a la sesión de este día por hallarse indispuesto”.

Su estancia en el Senado fue muy breve, ya que el 23 de agosto se publica un Real Decreto, suspendiendo las sesiones de las Cortes. En definitiva, fue admitido como senador, pero no llegó a jurar su cargo.

Finalmente optó por seguir en Málaga, representando a Campillos en la Diputación Provincial, de la que era diputado desde el 3 de diciembre de 1840, cuando se puso al frente de la misma el brigadier D. Francisco Javier Rodríguez de Vera, y en la que se mantuvo al menos hasta finales de septiembre de 1845.

La nueva diputación provincial de Málaga no va a ser diputación provincial, sino concilio, sí hemos de juzgar por el número de clérigos que en ella han ingresado. Es una verdadera irrupción eclesiástica. No por eso se crea que el clero de la provincia va a estar más atendido; porque si bien clérigos, los diputados son progresistas, que es la más repugnante y monstruosa de las combinaciones.

18410101 El Correo Nacional

No es de extrañar la presencia de clérigos en la vida política de aquellos tiempos. En las Cortes de Cádiz, el clero fue el grupo más numeroso, representando un tercio del total del parlamento. Su importancia no fue sólo cuantitativa sino también cualitativa, pues la mayoría de ellos, gracias a su formación académica, estaban mejor preparados y cualificados que el resto de los diputados. 

De su paso por la Diputación han quedado pocos vestigios, principalmente debido al incendio que se produjo en el edificio de la Aduana en la madrugada del 25 al 26 de abril de 1922, en la que hubo 28 muertos. Quedó destruida la techumbre y buhardilla, así como el segundo piso. En esas fechas el palacio albergaba numerosas dependencias administrativas, perdiéndose numerosa documentación de los diferentes archivos de las oficinas que estaban en el edificio.

En base a lo que he podido encontrar, vemos que el 8 de junio de 1841, desde la Diputación se mandó un escrito a las Cortes en defensa del obispo de Málaga, D. Valentín Ortigosa, firmada por su presidente D. Francisco Javier Rodríguez de Vera, y por los vocales, entre los que estaba D. Juan María Pérez:

Una triste experiencia hace lamentar a la diócesis de Málaga los efectos de esta situación precaria. Vacante la mitra muchos años ha, y faltando al digno Obispo electo la consagración, se encuentra huérfano del pasto espiritual que con este requisito suministraría el caritativo celo del Pastor, y lo que es aun más deplorable, se ve expuesta a sufrir los conflictos que producir pudiera el aventurado paso de haber comprendido en la censura de la alocución del Papa al Ilmo. Señor Ortigosa, cuya sabiduría, virtudes y acendrado patriotismo le concitan la venganza y emulación de los amantes de los abusos. 18410620 03 La Crónica

D. Valentín Ortigosa, había nacido en el municipio de Arriate en el año 1784. Fue elegido obispo de la diócesis de Málaga el 12 de marzo de 1836, por el cabildo a instancias del gobierno. Se convirtió en un obispo no “querido” por el Vaticano, desde el momento en que la reina Isabel II decidió su nombramiento sin contar con el refrendo papal. Gobernó el obispado hasta el año 1841 como vicario capitular. Nunca fue consagrado por la Santa Sede.

El 3 de diciembre de 1841, dirigían desde la Diputación otro escrito al Regente, el general Espartero, de apoyo y gratitud por haber resistido al movimiento insurreccional que se había producido en octubre, que pretendía la vuelta de María Cristina, a la Regencia. El movimiento de carácter militar, se inició en Pamplona al anochecer del 1 de octubre, por el general Leopoldo O’Donnell. Siguió en Vitoria el día 4. Otras poblaciones como Zaragoza o Bilbao lo siguieron en los primeros días de octubre. El pronunciamiento resultó un absoluto fracaso.

Al tino, actividad y celo que en las azarosas circunstancias felizmente acabadas ha sabido V. S. desplegar, debe la provincia de Málaga el verse libre de toda tentativa por parte de los enemigos de nuestras instituciones, y el no haber siquiera tocado un asomo de los desórdenes que el desencadenamiento de las pasiones en otros puntos por desgracia produjera. V. S. tiene la gloria de ser el baluarte de la tranquilidad y calma que en estos habitantes se envidiara. El testimonio con que la diputación provincial signifique a V. S. su gratitud, será una expresión tan sencilla como sincera

El escrito lo firmaba D. Francisco Javier Rodríguez de Vera, como jefe superior político y comandante general de Málaga, y por los vocales de la Diputación, entre los que estaba D. Juan María Pérez. En él comunicaban que le obsequiaban con una faja de Mariscal de campo de los ejércitos nacionales.

El 18 de mayo de 1842 suscribía un escrito dirigido a las Cortes, pronunciándose en contra del proyecto de la «Ley sobre las Diputaciones provinciales y Gobiernos políticos», leído en el Senado el 18 de abril por el ministro de la Gobernación D. Facundo Infante Chávez, calificándolo de “anticonstitucional y monstruoso”.

No juzga necesario esta Diputación engolfarse en el laberinto de consideraciones que a primera vista el consabido proyecto ofrece; ni sería prudente analizar por menor el inmenso cúmulo de inexactitudes y de crasos errores que tan desacertada obra incluye, al dirigirse a los padres de la patria, cuya capacidad y virtudes los reconocerán con mas extensión cuando a su juicio se someta. Sí asegurará que habría sido tal vez menos reparable extinguir de una vez la institución, que hacerla jugar un papel tan depresivo y poco digno, pues tanto se barrena el artículo constitucional con la supresión absoluta, como con la nulidad a que de hecho se la condena.

Dicho escrito lo firmaba D. Juan María Pérez como presidente accidental de la Diputación.


El 13 de noviembre de 1842 estalló en Barcelona una insurrección contra el gobierno, a la que se sumó la milicia y en pocas horas la ciudad se llenó de barricadas. El detonante de la misma fue la noticia de que el Gobierno se disponía a firmar un acuerdo comercial de libre cambio con Gran Bretaña que implicaba la rebaja de los aranceles a los productos textiles ingleses, lo que suponía la ruina para la naciente industria algodonera catalana. A esto se añadió el rumor de que iban a imponer las quintas en Cataluña, que hasta entonces había estado exenta de ellas.

Comenzó entonces una guerra de barricadas protagonizada por la milicia, apoyada por paisanos armados, contra el ejército. El capitán general de Barcelona ordenó a sus hombres que abandonaran la ciudad y que se replegaran hacia el castillo de Montjuic. El repliegue de las tropas gubernamentales fue considerado un triunfo por los sublevados.

El conflicto finalizó 3 de diciembre por el «método castrense en la resolución de los conflictos», bombardeando Barcelona con los cañones existentes en el castillo de Montjuic. Al día siguiente la ciudad se rendía y entraba de nuevo el ejército. Se dispararon más de mil proyectiles, hubo veinte víctimas mortales e innumerables incendios por toda la ciudad.

Ese mismo día 3 de diciembre, cuando aún en Málaga no se sabía el final de la rebelión, se mandó desde la Diputación un escrito al Regente, firmado por el entonces presidente D. Agustín Álvarez de Sotomayor, y como los anteriores por D. Juan María Pérez.

La rebelión de Barcelona, ese acto arrebatado y violento que ha causado la mayor ansiedad en toda la nación, y que ha querido destruir todos los poderes del Estado, grabando en la historia una página de sangre, ha llenado de amargura a este cuerpo provincial, justamente en los momentos en que veía con placer abrirse el santuario de las leyes, y cuando esperaba que los representantes del pueblo dedicasen exclusivamente sus altos conocimientos a mejorar la situación de esta nación tan trabajada y tan digna de mejor suerte.

La diputación provincial de Málaga, que solo considera justo lo que está estrictamente dentro de la ley; que ha jurado la Constitución de 1837, el trono de la Segunda Isabel y la Regencia legal de V. A., faltaría a su deber al ver atacados tan caros objetos si no manifestase su decidida disposición a defenderlos con todas sus tuerzas.

El 11 de agosto de 1843, volvía a firmar como presidente accidental de la Diputación un escrito dirigido al Ayuntamiento, protestando por el cupo de la contribución del Culto y Clero:

Entre los gravámenes menos soportables que se han impuesto a esta provincia, lo fue el cupo de la contribución general del culto y clero. La Diputación se afligió a vista de la excesiva cuota que se le designaba, y reuniendo todos los recados necesarios para evidenciar en exceso e injusticia del pedido, acudió con ellos ante las Cortes, con una sentida exposición en 28 de mayo de 1842. […]

Acudieron, pues, a la Diputación el señor gobernador del obispado y cabildo eclesiástico demostrando el estado lamentable del clero y del culto, y el cercano golpe amenazante de que a los fieles fuese negado ejercer sus piadosos actos, cerrados los templos del Señor.


El 13 de agosto de 1843, se volvió a producir una nueva revuelta en Barcelona. Después de la caída del gobierno de Espartero y el nombramiento de uno nuevo encabezado por Joaquín María López, la Junta Suprema mandó a convocar las Cortes constituyentes. Esto provocaría una insurrección iniciada formalmente el 1 de septiembre en Barcelona y llevada a cabo en otras localidades de Cataluña y algunas provincias de España. Esta insurrección conduciría a la intervención militar que supuso de nuevo el bombardeo de la ciudad, desde el castillo de Montjuic y desde la Ciudadela de Barcelona, dirigido esta vez por el brigadier Prim.

Por estos hechos, en Málaga, la mañana del 25 de septiembre de 1843, por invitación hecha por el Sr. D. Agustín de Chinchilla, Intendente de rentas de la provincia y jefe político interino de la misma, se reunieron bajo su presidencia en la Diputación provincial, miembros de Junta auxiliar de gobierno, de la Diputación provincial, entre los que estaban D. Juan María Pérez, del Ayuntamiento, de la Junta de comercio, el comandante general D. Agustín Caminero, el gobernador del Obispado D. Joaquín Aragonés, el Juez de 1ª instancia D. Vicente Gómez Sancho, y abundantes autoridades militares, para tratar sobre “los tristes acontecimientos que se han presentado en algunos pueblos de la península, y que pueden calificarse como preludio de otros más generales, sabido que los enemigos del actual orden de cosas extiende sus trabajos y ramificaciones a todas las capitales y puntos de importancia, reclamaban que las autoridades, corporaciones y funcionarios adictos al Gobierno existente, cuya representación les llama a tomar una parte activa en los sucesos políticos, tratasen de anudar sus esfuerzos para robustecer al poder aclamado por la nación, y para inutilizar los siniestros planes de algunos enemigos y mal contentos.”

Se acordó nombrar una comisión, entre los que estaba D. Juan María Pérez, para redactar un comunicado resumiendo lo manifestado y convenido en la reunión, de la que se remitiría al Gobierno de la nación:

Que los individuos que componen la presente asamblea, deploran por sí y como órganos de las clases que respectivamente representan, los lamentables sucesos de Barcelona, y más particularmente los que han abortado en Zaragoza, porque ellos rebelan ya de una manera explícita y marcada, la espantosa reacción a que se nos pretende encaminar, y que encubiertos bajo falaces protestos, solo tienden los enemigos del reposo público a reconquistar una causa condenada por el voto unánime de los españoles.

Esta es la última información que he podido recabar sobre D. Juan María Pérez Avilés. Pocas semanas después era proclamada Isabel II, reina de España.

ISABEL II, REINA DE ESPAÑA

El 8 de noviembre de 1843, Isabel II, con solo 13 años, fue declarada mayor de edad en las Cortes por 193 votos a favor frente a 16 en contra. Dos días después, Isabel II juró la Constitución en sesión solemne ante las Cortes, siendo proclamada Reina.

Dos años después, el 7 de noviembre de 1845, fallecía D. Juan María Pérez Avilés, a los 61 años de edad.


Según afirma D. Antonio Aguilar y Cano, en su libro escrito en 1890: Hay quien, fundándose en signos encontrados en su sepultura con motivo de una recomposición, y en la posición del cadáver, sospecha que fue sepultado en estado cataléptico”. Debió ocurrir este hecho, poco antes de 1881, fecha en que D. Antonio Aguilar, cesó en el puesto de Registrador de la Propiedad de Campillos. Lo mismo afirma D. Baltasar Peña, pero equivoca la fecha al situar el descubrimiento a principios del siglo XX.


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LA GUERRA DE INDEPENDENCIA EN CAMPILLOS. 18 DE MARZO DE 1810